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La Corte Constitucional declaró a la Diócesis de Pereira responsable civilmente por los daños causados a un menor

La Corte Constitucional revocó un fallo del Tribunal Superior de Pereira y declaró a la Diócesis de Pereira responsable civilmente por los daños causados a un menor de edad que fue víctima de abuso sexual por parte de un párroco y docente de matemáticas. Este suceso ocurrió en un colegio público de la capital de Risaralda.

La decisión de la Corte se produce dos años después de que el Tribunal Superior de Pereira, en segunda instancia, exonerara de responsabilidad civil a la Diócesis. En contraste, la Corte Constitucional ordenó a las autoridades eclesiales establecer prFoto tomada de Google Mapsotocolos de prevención, protección y denuncia para este tipo de casos.

El origen del proceso se remonta a 2011, cuando la familia de la víctima solicitó la apertura de un incidente de reparación integral. Sin embargo, en 2012, un juzgado de Pereira, en primera instancia, exoneró a la Diócesis y a la Conferencia Episcopal de Colombia, negando la indemnización a dos familiares del menor. Diez años después, esta decisión fue confirmada por el Tribunal Superior de Pereira, que también eximió de responsabilidad al municipio.

El fallo de la Corte

Con su decisión, la Sala Plena de la Corte ordenó al Tribunal Superior de Pereira dictar una nueva sentencia que deberá:

* Declarar la responsabilidad civil solidaria extracontractual de la Diócesis de Pereira.

* Tasar el daño moral para la prima y el tío de la víctima.

* Determinar la indemnización por daño a la vida de relación que se debe reconocer al menor.

* Adoptar las medidas de reparación simbólica correspondientes.

Además, la Corte ordenó a la Diócesis de Pereira y a la Conferencia Episcopal de Colombia remitir al ICBF, la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General de la Nación todas las denuncias de abuso sexual de las que tengan conocimiento.

También les exigió que establezcan «normas, mecanismos, procedimientos y protocolos claros para que se garantice el deber de denuncia» en todos los casos donde se sospeche que un miembro de la congregación religiosa ha cometido actos de abuso contra un niño, niña o adolescente.